• DESEMPLEO- COBRO DE LOS 420 €

    DESEMPLEO – COBRO DE LOS 420 EUROS

     

    El Gobierno ha ampliado este beneficio a quienes hayan agotado las prestaciones por paro entre el 1 de enero y el 31 de julio; pero el plazo para presentar solicitud se vence el 11 de enero de 2010. Éstos desempleados y los demás que cumplan las condiciones y requisitos recibirán 421,79 euros mensuales durante seis meses.

     

    EL GOBIERNO estableció el Programa Temporal de Protección por Desempleo e Inserción (PRODI) para quienes han agotado la prestación o el subsidio por paro. Inicialmente cubría a desempleados que habían perdido la prestación o el subsidio desde el 1 de agosto y ahora ha sido ampliado a quienes la hayan agotado a partir del 1 de enero de 2008.

    El Ministerio del Trabajo ha informado que, ante un previsible incremento de los beneficiarios en las oficinas del Servicio de Empleo (antes Inem) las Comunidades han comenzado a enviar a los desempleados que reúnen inicialmente los requisitos un impreso en el que figuran sus datos, de modo que el solicitante solo tiene que firmarlo y presentarlo o enviarlo por correo. Sin embargo los plazos pueden agotarse y damos, por eso, una guía para aquellos que crean tener este derecho.

     

    REQUISITOS

    • Estar desempleado e inscrito como demandante de empleo y ser menor de 65 años.

    • Haber agotado la prestación por paro entre el 1 de enero de 2009 y el 15 de febrero de 2010 y no tener derecho a subsidios de desempleo por su duración máxima, incluidas las prórrogas.

    • Carecer de ingresos propios superiores a 468 euros mensuales en 2009.

    • Que la suma de todos los ingresos obtenidos por los miembros de su unidad familiar, dividida por el número de miembros que la componen, no supere 468 euros/mes en 2009.

    • No percibir salarios sociales, rentas mínimas o ayudas análogas de asistencia social concedidas por las Administraciones Públicas.

    • Suscribir el compromiso de actividad y realizar las actuaciones que determine el Servicio Público de Empleo de su Comunidad, en el itinerario activo de inserción laboral (cursos para mejorar sus competencias profesionales).

     

    ¿DÓNDE Y CUÁNDO DEBE PRESENTARSE LA SOLICITUD? En la oficina del Servicio de Empleo (antes Inem) donde figure inscrito como demandante de empleo, la solicitud en tres copias, dentro de los 60 días hábiles siguientes a la fecha del agotamiento de la prestación o el subsidio por desempleo.

    NOTA. Quien hubiere extinguido por agotamiento la prestación a partir del 1 de agosto de 2009 deberá haber presentado la solicitud dentro de los 60 días siguientes a la publicación en el BOE del Real Decreto-ley 10/2009, de 13 de agosto. Quien haya agotado la prestación entre el 1 de enero y el 31 de julio de 2009, deberá presentar la solicitud dentro de los 60 días hábiles siguientes al de la entrada en vigor de la Ley 14/2009, de 11 de noviembre. (Esto quiere decir que para estas personas el plazo se vence el 11 de enero de 2010).

     

    DOCUMENTACION. Debe presentarse copia de los documentos de identificación del solicitante y, en su caso, de los miembros de la unidad familiar. Si es español, DNI. Si es extranjero residente en España, la Tarjeta de Identificación de Extranjero (TIE), con el NIE. Si es de un país de la UE el documento identificativo en su país de origen o TIE y el NIE. También copia del libro de familia o documento equivalente en caso de ser extranjero y copia de los documentos acreditativos de las rentas obtenidas en el mes anterior por el solicitante y, en su caso, por los miembros de la unidad familiar.

     

    INFORMACIÓN Y SITIO PARA BAJAR FORMULARIO DE SOLICITUD. Siga estos pasos:

    www.redtrabaja.es ---> Entra en redtrabaj@ --->Información ---> Prestaciones --->

    Programa temporal de protección por desempleo e inserción.

     

     

     

     

     

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